ACTUALIDAD
“La alimentación es un Derecho Constitucional no una
dádiva”
Si hay indigentes y pobres,
hay hambre en Argentina
Sean
por los datos estadísticos del INDEC, de la UCA o de otros estudios, son
millones los indigentes y pobres en la Argentina y ello es sinónimo de hambre.
Cesar Lerena, asesor de Proyecto Sur-UNEN.
Sean por los
datos estadísticos del INDEC, de la UCA o de otros estudios, son millones los
indigentes y pobres en la Argentina y ello es sinónimo de hambre.
En la Argentina,
un país con 40 millones de habitantes, y con capacidad para producir alimentos
para 400 millones de personas, el Estado Argentino debiera garantizarles a
todos los argentinos el acceso a la alimentación.
Postergar la
alimentación de los sectores más vulnerables del pueblo, hasta que algún día
improbable el presupuesto se encuentre equilibrado, es un delito deleznable que
ignora los efectos mórbidos y letales del hambre y la desnutrición. Incorporar
al empleo, como una cláusula de ajuste en la economía de mercado, es
ciertamente lamentable; pero, agregar al hambre en ese ajuste, es indigno y
ruin.
Cuando se
dispone de recursos alimenticios y económicos como en la Argentina, en la
reasignación presupuestaria la prioridad debiera ser la alimentación: sostén de
la salud, generadora del desarrollo intelectual y del bienestar social de los
más necesitados.
La alimentación
debiera estar accesible en el hogar de todo el grupo familiar, ya que si bien,
la alimentación que se recibe fuera de éste, contribuye a mejorar la nutrición
de los niños, niñas, adolescentes o adultos en situación de pobreza, marginalidad
e indigencia, el alimento en el hogar, amén de satisfacer los requerimientos
nutricionales, reúne a todos los integrantes de la familia alrededor de la
mesa, promueve el diálogo y el fortalecimiento familiar.
Pese a que es
destacable, el trabajo encomiable que realizan para paliar el hambre numerosas
ONGs en la Argentina, tratando de suplir las carencias nutricionales de las
personas más vulnerables y la obligación del Estado de generar trabajo para que
se cumplan los versos de José Hernández: “debe trabajar el hombre para ganarse
su pan”; es indigno, que hombres, mujeres, niños y mayores deban recibir el
alimento de subsistencia como una limosna, y no como un derecho previsto en la
Carta Magna hasta tanto se les provea un trabajo a todos los conciudadanos,
conforme a las capacidades e incapacidades que el propio Estado ha provocado
con sus políticas de baja calidad educativa y sanitaria, colonización
alimentaria y pérdida de empleo.
Es de esperar
entonces, que las valiosas acciones solidarias, y los distintos programas de
las Instituciones privadas y organizaciones públicas, puedan contribuir en la
implementación de un programa de alimentación, hasta que a partir de la
generación sostenida del empleo éste programa fenezca o se mantenga en su mínima
expresión, limitado a asegurar la nutrición de las personas con discapacidad
para trabajar y hacerse de su propia alimentación.
Es una
obligación impostergable del Estado Argentino, y de sus habitantes con mayores
posibilidades, en una actitud organizada de solidaridad ejemplar, eliminar
definitivamente este flagelo que denigra, desnutre, enferma y mata a una parte
importante de su población. En 1948, en la Declaración Universal de Derechos
Humanos se afirmó que "toda persona tiene derecho a la alimentación...".
En 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales se sostuvo "el derecho a la alimentación tiene incluso el
carácter derecho fundamental. Es el primer derecho económico de la persona
humana”.
En 1993, en la
“Conferencia Mundial de Derechos Humanos”, se promovió “la necesidad de
garantizar un auténtico derecho a la alimentación” y en 1995 en la “Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social”, se expresó “el decidido empeño en la lucha
contra el hambre y la erradicación de la pobreza”.
En 1996 el Papa
Juan Pablo II con motivo de la “Cumbre Mundial sobre la Alimentación” recordó
la En el 2000, en la Asamblea de las Naciones Unidas, la “Declaración del
Milenio” expresó entre otras cosas: “Que nosotros, Jefes de Estado y de Gobierno,
no escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres
y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema y
decidimos, asimismo, reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de
habitantes del planeta que padezcan hambre”.
En el 2001, el
entonces candidato a Presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva, expresó la
voluntad de “transformar en prioridad nacional el tema del hambre y abordarlo
desde la acción planificada y decisiva del Estado, impulsada por la
participación social”. Ya en el gobierno creó un Ministerio específico. En 2013
el Papa Francisco en ocasión de la Jornada Mundial de Alimentación nos dijo:
"El reto del hambre y de la malnutrición no tiene sólo una dimensión
económica o científica, que se refiere a los aspectos cuantitativos y
cualitativos de la cadena alimentaria, sino también y sobre todo una dimensión
ética y antropológica".
A pocos días del
2015, las declaraciones y las buenas intenciones de las organizaciones y de los
gobiernos no se cumplieron; y mientras tanto, millones de personas sufren
hambre y mueren de desnutrición. Aunque a la Argentina le sobran alimentos y se
exportan cientos de miles de toneladas anuales, le faltan alimentos para que
los consuman todos y cada uno de los argentinos, sean éstos indigentes, pobres
o solventes para adquirirlos, ya que es doblemente indigno, que un país con
recursos alimenticios tenga ciudadanos desnutridos, con hambre, expuestos al
mal desarrollo físico e intelectual. Una vergüenza nacional, a la que los
gobernantes y ciudadanos con más recursos no pueden permanecer indiferentes. Es
necesario llevar adelante un “programa de alimentación de sostén” que
definitivamente resuelva la situación de quienes se encuentran en “riesgo
alimentario”, los desocupados, los sub-ocupados, jubilados y pensionados que no
alcanzan a cubrir el 70% de la “canasta básica total”.
La seguridad
alimentaria es un derecho humano elemental que el Estado Argentino debe
resolver en forma inmediata; que no puede postergarse por infundadas razones de
dificultad económica. No es posible seguir dilatando la resolución de
cuestiones relativas a la salud, donde la alimentación sustentable es básica y
prioritaria; y resulta injusto seguir llamando indigentes o pobres -como los
califica el INDEC- a aquellas personas que se encuentran “en situación de
riesgo alimentario” porque no pueden obtener una alimentación básica; ya que es
estigmatizar a ciudadanos que no logran acceder al empleo o a una jubilación
digna que les permita adquirir por sus propios medios el alimento a través de
su trabajo o de la retribución jubilatoria, cuya responsabilidad de generar, es
de competencia de quién administra los dineros del Estado. La alimentación es
un Derecho Constitucional no una dádiva. No puede ser confundido con una dádiva
ni un privilegio.
Fuente: InfoSur, por Prensa.