miércoles, 20 de noviembre de 2019

Opiniones

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“La alimentación es un Derecho Constitucional no una dádiva”
Si hay indigentes y pobres, hay hambre en Argentina
Sean por los datos estadísticos del INDEC, de la UCA o de otros estudios, son millones los indigentes y pobres en la Argentina y ello es sinónimo de hambre.
Cesar Lerena, asesor de Proyecto Sur-UNEN.
Sean por los datos estadísticos del INDEC, de la UCA o de otros estudios, son millones los indigentes y pobres en la Argentina y ello es sinónimo de hambre.
En la Argentina, un país con 40 millones de habitantes, y con capacidad para producir alimentos para 400 millones de personas, el Estado Argentino debiera garantizarles a todos los argentinos el acceso a la alimentación.
Postergar la alimentación de los sectores más vulnerables del pueblo, hasta que algún día improbable el presupuesto se encuentre equilibrado, es un delito deleznable que ignora los efectos mórbidos y letales del hambre y la desnutrición. Incorporar al empleo, como una cláusula de ajuste en la economía de mercado, es ciertamente lamentable; pero, agregar al hambre en ese ajuste, es indigno y ruin.
Cuando se dispone de recursos alimenticios y económicos como en la Argentina, en la reasignación presupuestaria la prioridad debiera ser la alimentación: sostén de la salud, generadora del desarrollo intelectual y del bienestar social de los más necesitados.
La alimentación debiera estar accesible en el hogar de todo el grupo familiar, ya que si bien, la alimentación que se recibe fuera de éste, contribuye a mejorar la nutrición de los niños, niñas, adolescentes o adultos en situación de pobreza, marginalidad e indigencia, el alimento en el hogar, amén de satisfacer los requerimientos nutricionales, reúne a todos los integrantes de la familia alrededor de la mesa, promueve el diálogo y el fortalecimiento familiar.
Pese a que es destacable, el trabajo encomiable que realizan para paliar el hambre numerosas ONGs en la Argentina, tratando de suplir las carencias nutricionales de las personas más vulnerables y la obligación del Estado de generar trabajo para que se cumplan los versos de José Hernández: “debe trabajar el hombre para ganarse su pan”; es indigno, que hombres, mujeres, niños y mayores deban recibir el alimento de subsistencia como una limosna, y no como un derecho previsto en la Carta Magna hasta tanto se les provea un trabajo a todos los conciudadanos, conforme a las capacidades e incapacidades que el propio Estado ha provocado con sus políticas de baja calidad educativa y sanitaria, colonización alimentaria y pérdida de empleo.
Es de esperar entonces, que las valiosas acciones solidarias, y los distintos programas de las Instituciones privadas y organizaciones públicas, puedan contribuir en la implementación de un programa de alimentación, hasta que a partir de la generación sostenida del empleo éste programa fenezca o se mantenga en su mínima expresión, limitado a asegurar la nutrición de las personas con discapacidad para trabajar y hacerse de su propia alimentación.
Es una obligación impostergable del Estado Argentino, y de sus habitantes con mayores posibilidades, en una actitud organizada de solidaridad ejemplar, eliminar definitivamente este flagelo que denigra, desnutre, enferma y mata a una parte importante de su población. En 1948, en la Declaración Universal de Derechos Humanos se afirmó que "toda persona tiene derecho a la alimentación...". En 1966, en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales se sostuvo "el derecho a la alimentación tiene incluso el carácter derecho fundamental. Es el primer derecho económico de la persona humana”.
En 1993, en la “Conferencia Mundial de Derechos Humanos”, se promovió “la necesidad de garantizar un auténtico derecho a la alimentación” y en 1995 en la “Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social”, se expresó “el decidido empeño en la lucha contra el hambre y la erradicación de la pobreza”.
En 1996 el Papa Juan Pablo II con motivo de la “Cumbre Mundial sobre la Alimentación” recordó la En el 2000, en la Asamblea de las Naciones Unidas, la “Declaración del Milenio” expresó entre otras cosas: “Que nosotros, Jefes de Estado y de Gobierno, no escatimaremos esfuerzos para liberar a nuestros semejantes, hombres, mujeres y niños, de las condiciones abyectas y deshumanizadoras de la pobreza extrema y decidimos, asimismo, reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de habitantes del planeta que padezcan hambre”.
En el 2001, el entonces candidato a Presidente de Brasil Luiz Inácio Lula da Silva, expresó la voluntad de “transformar en prioridad nacional el tema del hambre y abordarlo desde la acción planificada y decisiva del Estado, impulsada por la participación social”. Ya en el gobierno creó un Ministerio específico. En 2013 el Papa Francisco en ocasión de la Jornada Mundial de Alimentación nos dijo: "El reto del hambre y de la malnutrición no tiene sólo una dimensión económica o científica, que se refiere a los aspectos cuantitativos y cualitativos de la cadena alimentaria, sino también y sobre todo una dimensión ética y antropológica".
A pocos días del 2015, las declaraciones y las buenas intenciones de las organizaciones y de los gobiernos no se cumplieron; y mientras tanto, millones de personas sufren hambre y mueren de desnutrición. Aunque a la Argentina le sobran alimentos y se exportan cientos de miles de toneladas anuales, le faltan alimentos para que los consuman todos y cada uno de los argentinos, sean éstos indigentes, pobres o solventes para adquirirlos, ya que es doblemente indigno, que un país con recursos alimenticios tenga ciudadanos desnutridos, con hambre, expuestos al mal desarrollo físico e intelectual. Una vergüenza nacional, a la que los gobernantes y ciudadanos con más recursos no pueden permanecer indiferentes. Es necesario llevar adelante un “programa de alimentación de sostén” que definitivamente resuelva la situación de quienes se encuentran en “riesgo alimentario”, los desocupados, los sub-ocupados, jubilados y pensionados que no alcanzan a cubrir el 70% de la “canasta básica total”.
La seguridad alimentaria es un derecho humano elemental que el Estado Argentino debe resolver en forma inmediata; que no puede postergarse por infundadas razones de dificultad económica. No es posible seguir dilatando la resolución de cuestiones relativas a la salud, donde la alimentación sustentable es básica y prioritaria; y resulta injusto seguir llamando indigentes o pobres -como los califica el INDEC- a aquellas personas que se encuentran “en situación de riesgo alimentario” porque no pueden obtener una alimentación básica; ya que es estigmatizar a ciudadanos que no logran acceder al empleo o a una jubilación digna que les permita adquirir por sus propios medios el alimento a través de su trabajo o de la retribución jubilatoria, cuya responsabilidad de generar, es de competencia de quién administra los dineros del Estado. La alimentación es un Derecho Constitucional no una dádiva. No puede ser confundido con una dádiva ni un privilegio.
Fuente: InfoSur, por Prensa.