Por Ley, hospitales en Buenos
Aires deberán tener un payaso en pediatría
Luego de la
sanción promulgada en el senado provincial, los paya-médicos
harán parte del selecto grupo de médicos que realizarán tratamientos a pacientes
pediátricos. El proyecto de Ley fue propuesto por el
legislador del partido frente para la victoria Rubén Golía y
tuvo sanción definitiva el 13 de mayo del 2015 y meses más tarde, la provincia
de Buenos Aires promulga la ley que establece la incorporación de
payasos hospitalarios al sistema de salud.
Esta propuesta
incluye a los artistas del teatro popular, que se integraran
al servicio de salud con tareas complementarias en terapias pediátricas de los
hospitales provinciales y municipales en Buenos Aires. El argumento para esta
inclusión señala que el ingreso de pacientes a un centro médico es traumático y
mucho más difícil de superar en la primera infancia, lo que se
puede contrarrestar con la presencia de un payaso amigable. Este proyecto tiene
como base la humanización hospitalaria que define la
importancia de abordar a los pacientes desde una mirada integral.
Artículos de la ponencia y detalles de la ley
Artículo 1:
La presente ley tiene por objeto incorporar al sistema de salud en la provincia
de buenos aires, la labor de payaso de hospital.
Artículo 2:
Se entenderá por payaso de hospital aquella persona que reúna las condiciones y
requisitos para el desarrollo de su tarea en los hospitales públicos y
provinciales de Buenos Aires.
Artículo 3:
Cada servicio de terapia pediátrica deberá contar con un servicio asistido de
especialistas en el arte del Clown o payaso hospitalario.
Artículo 4:
El poder ejecutivo a través de la autoridad de aplicación determinara los
requisitos y condiciones de los especialistas en arte de clown para el
desarrollo de su tarea en los hospitales públicos provinciales o municipales en
los que sea requerido.
Artículo 5:
Autorícese al poder ejecutivo a realizar las adecuaciones necesarias para el
presupuesto de recursos y cálculos correspondientes al ejercicio de entrada en
vigencia de esta ley.
Artículo 6:
Comuníquese al Poder ejecutivo.
La inclusión de
payasos hospitalarios busca que la salud sea de carácter humano, los procesos
médicos y pediátricos suelen dejar secuelas en el comportamiento, pero se
pueden contrarrestar con la presencia de un payaso amigable que haga las veces
de distractor.
Fuente: Diario
La Nación.