sábado, 31 de diciembre de 2016

La lectura de la historia nos da conocimiento y sabiduría

La historia se repite, como siempre, ocurre cíclicamente. Aquí hacemos referencia a una publicación de referencia histórica al mayo de 1956; leer siempre da conocimiento.
Las cosas se cuentan solas, sólo hay que saber mirar.
(Francisco Pestanha)
La Revolución Libertadora también acusaba a Perón por asociación ilícita como el Macrismo a Cristina
Por Luis Bolet
“Existe semiplena prueba de que funcionaba un comando estratégico integrado por el ex presidente Perón, su ex ministro Borlenghi, el secretario general de la CGT y las cabezas de las ramas femenina y masculina del Partido Peronista, cuyo comando decidía sobre las leyes necesarias para el mantenimiento del régimen depuesto y daban las órdenes de aprobación a los legisladores por intermedio de los jefes de bloque o las comisiones correspondientes.”

Perón, Juan Domingo y otros s/ traición y asociación ilícita.

Buenos Aires, 17 de mayo de 1956
Y VISTOS: El presente sumario instruido contra Juan Domingo Perón y otros, por traición y asociación ilícita.
Y Considerando:
Iº) Que a fojas 1.366 y 1.331 se ha dictado la prisión preventiva de Héctor D. Lagraña, Ricardo O. Lorrenzón, Francisco Novellino, Manuel Anselmo García, Ramón Washington Tejada, Leandro R. Reynés, Saturnino S. Erro, Francisco D. Mendiondo, Ludovico Lavia, Lorenzo Soler, Silverio Pontieri, Ricardo Lareo, Pablo A. Ramella y John W. Cooke, por el delito de traición, consistente en la concesión de facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo (artículo 20 de la Constitución –hoy 29-, y 227 del Código Penal).
A fojas 1.375, se dictó similar pronunciamiento contra Ramón Amancio Albariños, Pedro Villlareal, José Ángel Maestro, José Gobello, Juana Larrauri, María Rosa Calviño de Gómez, Antonio J. C. Deimundo, Enrique Osella Muñoz, Alberto L. Rocamora, Ezio Armando Carena, Eloy P. Camus, Héctor Lorenzo Lannes, Eduardo Pio Ruiz Villasuso, José Alonso, José Colomé Pérez, Juan Francisco Brizuela, Ángel Enrique Peralta, Pedro Ramón Otero, Francisco Isidoro Carrizo, Adolfo Lanfossi, Roberto Dominguez, Isaac Donaldo Moya, Carlos Arturo Juárez, Jesús Pablo Arias, Patrocinio Merlo, Hugo del Valle Chalup, Manuel Vicente Gómez, José Guillermo de Paolis, Pedro A. Ordoñez Pardal, Noé López, Bernardo Gago, Pedro Andrés Jose Gomis, Susana Correche de Novick, Josefa Miguel de Tabio, José Manuel Ulloa, António Hermida, Teodomiro de la Luz Agüero y Carlos Joaquin Dominguez, también por traición, emergente de haber conferido la suma del poder público al Poder Ejecutivo y consentido la concesión a éste de facultades extraordinarias.
Por último a fojas 1.374 se decretó igualmente la prisión preventiva de Héctor J. Cámpora, Oscar E. Albrieu, Antonio J. Benítez, Oscar R. Bidegain y José M. Argaña por el mismo delito de traición, configurada por la concesión al Poder Ejecutivo de facultades extraordinarias y suma del poder público.
Que tales distinciones obedecieron a la actuación en distintos períodos parlamentarios de los primeros y segundos y la permanencia en ambos períodos de los últimos.
II) Que en el estado actual del sumario se encuentran también reunidos prima facie a juicio del subscripto los extremos del artículo 366 del Código Procesal, por el delito de traición, (artículo 20 Constitución Nacional según el texto ordenado de la reforma vigente a la época del hecho –artículo 29 de la actualmente vigente- y 227 del Código Penal), respecto de Manuel Álvarez Pereyra, Domingo Bruno, Luis Cruz, Carlos A. Díaz, Ángel C. Estrada, Alejandro H. Leloir, Alfredo Machargo, Mauricio Scatamacchia y Luis Saporiti, por la concesión de facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo al aprobar la ley de estado de guerra interno Nº 14.062; respecto de Elías Teodoro Amado, Blas Brisoli, Aimar A. Balbi, Delia Delfina Degliuomini de Parodi, Arturo R. Del Río, Luis D’Jorge, Juan António Ferrari, Expedito Fernández, Ana Carmen Macri, Miguel Musacchio, Adolfo Pallanza, Jorge S. Pellerano. Tito Vicente Pérez Otero, Luis Pericas, Manuel Félix Rodríguez, Alberto Teisaire y Otilia Villa Maciel de Cano, por haber conferido la suma del poder público al Poder Ejecutivo con la aprobación de las leyes y declaraciones promulgadas en el período en que actuaron, sobre los que fueron expresamente indagados y haber consentido durante todo su desempeño la concesión de las facultades extraordinarias de la referida ley de estado de guerra interno, al omitir derogarla no obstante el uso que de ella se hacía y su carácter eminentemente ocasional; respecto de Luis Atala, Alberto Durand, Alejandro Bautista Glavarini, Eduardo Julio Forteza, Abel Montes, Valerio Segundo Rouggier y Eduardo Rumbo, por la concesión de las facultades extraordinarias de la citada ley 14.062 y de la suma del poder público al Poder Ejecutivo, dada la actuación de todos ellos en ambos períodos parlamentarios, y respecto de Carlos Gro y Eduardo Mattia, no obstante lo dictaminado por el señor procurador fiscal a fojas 1.665, el subscrito encuentra su situación prima facie en la responsabilidad de haber consentido durante el período en que actualmente la vigencia de la ley de estado de guerra interno, que concedía facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo.
III) Ampliadas las declaraciones indagatorias de los procesados con posterioridad al auto de fojas 775, surge en lo que se refiere a todos los legisladores mencionados en los pintos I y II y es corroborado por las restantes consecuencias del proceso, que los mismos han actuado en forma de absoluta sumisión y hasta en muchos casos en confesa situación de temor al ex presidente Perón y sus personeros, aprobando leyes bajo amenazas directas, leyendo como opiniones propias textos que se les entregaban ya redactados y con el agravante de que periódicamente recibían automóviles que significaban lisas y concretas entregas de sumas en efectivo, pues por lo general sólo debían firmar una transferencia para percibir determinados montos de dinero, sin ni siquiera ver tales vehículos.
Existe también semiplena prueba de que funcionaba un comando estratégico integrado por el ex presidente Perón, su ex ministro Borlenghi, el secretario general de la CGT y las cabezas de las ramas femenina y masculina del Partido Peronista, cuyo comando decidía sobre las leyes necesarias para el mantenimiento del régimen depuesto y daban las órdenes de aprobación a los legisladores por intermedio de los jefes de bloque o las comisiones correspondientes.
Estas circunstancias configuran prima facie la concertación de la asociación ilícita del artículo 210 del Código Penal, cuyas proyecciones, partiendo de la aprobación de esas leyes dirigidas al fin expuesto, se habrían pronunciado en todas las manifestaciones del vivir argentino, afectando la vida, el honor y los bienes no solo de los opuestos al peronismo, sino de la ciudadanía en general, sujeto pasivo de las consecuencias morales y materiales de la degradación psíquica y económica que esa acción dolosa significara, acción que trasunta de los numerosos procesos en trámite por los delitos de toda índole, cuya raíz proviene de la citada asociación y que resultan posibles en la mayor parte por la legislación dictada por los incriminados en el presente proceso.
IV) Que con respecto a José G. Espejo y Eduardo Vuletich, indagados a fojas 1.040 y fojas 977 y 983, oído el señor procurador fiscal a fojas 1.665, corresponde declararlos prima facie incursos por semiplena prueba en el delito de asociación ilícita, como integrantes del referido comando estratégico, organismo que repugna a nuestra Constitución republicano democrática y que, en lo que se refiere a los hechos que son motivo de estos autos, fue factor determinante.
V) Idéntica responsabilidad cabe para Juan Domingo Perón y Ángel Gabriel Borlenghi, dirigentes de la mencionada asociación ilícita (artículo 210 del Código Penal), debiendo agregarse respecto al primero su participación en el delito de traición por concesión al Poder Ejecutivo que desempeñaba, de facultades extraordinarias, primero y la suma del poder público después, como colegislador y beneficiario de esas sanciones legislativas (artículos 20, 70, 71 y 75 de la Constitución, según numeración vigente a la época de los hechos y 227 del Código Penal).
En consecuencia, al margen de la pertinente orden de captura, en cumplimiento de lo dispuesto a fojas 775 y conforme con el artículo 646 del Código Procesal, corresponde pedir a las repúblicas de Panamá y Cuba, respectivamente, la extradición de Juan Domingo Perón y Ángel Gabriel Borlenghi, determinándose expresamente para llenar el requisito del artículo 661, inciso 1º del mismo código, que dicha asociación se ha pronunciado para ambos a partir del 28 de septiembre de 1951, fecha de la ley 14.062, que declaró el estado de guerra interno, prosiguiendo ese delito en forma continuada hasta el día 23 de septiembre de 1955, fecha en que comenzó la caída del régimen encabezado durante todo este lapso por Perón y secundado por Borlenghi como ministro integrante del referido comando ilegal, hasta el 30 de junio del mismo año.
Por último, debe ser igualmente cumplido, conforme con el artículo 139 del Código Procesal, el requisito de la citación por edictos del prófugo.
En cuanto a la Convención de Montevideo sobre extradición (1933), no es aplicable al presente caso, por cuanto establece expresamente su artículo 19 que regirá para delitos posteriores al depósito de su ratificación. La República Argentina recién lo hizo el 19 de abril próximo pasado.
VI) En cuanto a Héctor Hugo De Pietro, indagado a fojas 1.024 y 1.062, su situación resulta ajena a este proceso, atenta la fecha de designación como secretario general de la CGT, por lo que corresponde desglosar las constancias vinculadas a sus dichos y formar proceso que correrá por cuerda separada.
VII) Existiendo informaciones de que los imputados Selfa Argumedo de Pedroza., Juana Alicia Espejo de Ramos, Ricardo César Guardo, Diego Luis Molinari, José Eduardo Picerno, Modesto Antonio Enrique Spachessi, Héctor Asor Blassi y Celina Rodríguez de Martinez Paiva, se encontrarían asilados en las embajadas de Haití, los cinco primeros; Brasil los dos siguientes, y Ecuador y Paraguay los dos últimos, respectivamente, declárese su procesamiento y detención por los delitos de traición y asociación ilícita (artículos 29 de la Constitución vigente y 227 y 210 del Código Penal), debiendo requerirse su entrega por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores en la forma de práctica.
Por todo lo expuesto resuelvo:
1º) Convertir en prisión preventiva la detención que sufren Elias Teodoro F. Amado, Luis Atala, Manuel Álvarez Pereyra, Blas Brisoli, Aimar A.Balbi, Domingo Bruno, Luis Cruz, Alberto Durand, Carlos A. Díaz, Delia Delfina Degliuomini de Parodi, Alberto R. Del Rio, Luis D’Jorge, Ángel C. Estrada, Juan Antonio Ferrari, Eduardo Julio Forteza, Expedito Fernández, Alejandro B. Giavarini, Carlos Gro, Alejandro H. Leloir, Alfredo F. Machargo, Abel Montes, Ana Carmen Macri, Miguel Musacchio, Eduardo Mattis, Adolfo Pallanza, Jorge S. Pellerano, Tito V. Pérez Otero, LuisPericas, Manuel Félix Rodriguez, Valerio S. Bouggier, Eduardo I. Rumbo, Mauricio A. Scatamacchia, Luis Saporitti, Alberto Teisaire y Otilia Villa Maciel de Cano, por los delitos de traición y asociación ilícita (artículos 366 del Código Procesal, 29 de la Constitución vigente y 227 y 210 del Código penal, debiendo trabarse embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos moneda nacional para cada uno (artículo 411 del Código Procesal).
2º) Ampliar la prisión preventiva dictada contra Ramón Albariño, Teodomiro de la Luz Agüero, Oscar E. Albrieu, José Alonso M. Argaña, Jesús Pablo Arias, Antonio J. Benitez, Oscar R. Bidegain, Juan Francisco Brizuela, María Rosa Calviño de Gómez, Susana Correche, Héctor J. Cámpora, Eloy P. Camus, John William Cooke, Ezio Armando Carena, Francisco Isidoro Carrizo, Hugo del Valle Chalup, José Cuillermo de Paolis, Antonio J. C. Deimundo, Carlos Joaquín Dominguez, Roberto Domínguez, Saturnino Erro, Manuel García, Bernardo Gago, José Gobello, Manuel Vicente Gómez, Pedro A. J. Gomis, Antonio Hermida, Carlos Arturo Juárez, Juana Larrauri, Ricardo Octavio Lorenzón, Ricardo Lareo, Héctor D. Lagraña, Ludovico Lavia, Adolfo Lanfossi, Héctor L. Lannes, Noé López, F. Daniel Mendiondo, José Ángel Maestro, Patrocinio merlo, Isaac Donaldo Moya, Josefa Miguel de Tubio, Novellino Francisco Pedro A. Ordoñez Pardal, Enrique Osella Muñoz, Pedro Ramón Otero, Silverio Pontieri, Ángel Enrique Peralta, José C.Perez, Pablo A. Ramella, Edaurdo Pío Ruiz Villasuso, Leandro R. Reynés, Alberto L. Rocamora, Lorenzo Soler (h.), Ramón Washington Tejada, José Manuel Ulloa y Pedro Villareal, haciéndola extensiva del delito de asociación ilícita (artículo 210 del Código Penal), y aumentándose el embargo ya ordenado en cincuenta mil pesos moneda nacional para cada uno.
3º) Decretar la prisión preventiva de José Gregorio Espejo y Eduardo Vuletich por el delito de asociación ilícita, debiendo trabarse embargo en sus bienes hasta cubrir la suma de cincuenta mil pesos moneda nacional para cada uno (artículo 210 del Código Penal, y 366 y 411 del Código Procesal).
4º) Decretar el procedimiento y orden de detención contra Juan Domingo Perón y Ángel Gabriel Borlenghi, por los delitos de traición y asociación ilícita, el primero (artículo 29 de la Constitución vigente, y artículos 227 y 210 del Código Penal), y por asociación ilícita el segundo (artículo 210 del Código Penal), debiendo citárseles por edictos, cumplido lo cual y conforme con lo expresado en el considerando V, líbrense los exhortos de extradición en la forma de práctica.
5º) Decrétase el procesamiento y detención de Selfa Argumedo de Pedroza, Raúl Bustos Fierro, Héctor Asor Blassi, Juana Alicia Espejo de Ramos, Ricardo César Guardo, Celina Rodríguez de Martínez Paiva, Diego Luis Molinari, José Eduardo Picerno y Modesto Antonio Enrique Spachessi, por los delitos de traición y asociación ilícita (artículos 29 de la Constitución vigente y 227 y 210 del Código Penal), y oficiese al Ministerio de Justicia para que se requiera su entrega por las embajadas correspondientes –ver considerando VII-, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores.
6º) Desglosar las constancias de fojas 1.024/1.032, 1.062/1.081, 1.086/1.088, 1.097/1.102, 1.110, 1.112, 1.197/1.198, 1.207/1.208, 1221, 1.302, 1.514/1.515, 1.517/1.522, 1.687, 1.726 y 1.688 y testimoniar las de fojas 1.023 vuelta, 116, 1.132 vuelta, 1.376, 1.553, punto 3º y 1.725 vuelta, formándose proceso que tramitará por cuerda separada acumulando al presente, debiéndose dar entrada en el libro de causas.
Hágase saber, elevándose previamente y sin más este proceso a la excelentísima cámara, en la forma de estilo, atento a la solicitud de fojas 1.712. Dese cumplimiento a la ley 11.752 y líbrese el requerimiento del punto VII).

Los bienes mal habidos del General Perón según la Dictadura

Tras el golpe militar de 1955 le confiscaron a Juan Perón todos los bienes y la misma dictadura se encargó de difundir la ‘Sentencia de la Suprema Corte de Justicia sobre los bienes mal habidos del dictador’.
Allí, con más odio político que fundamento legal, se afirmó que había pasado a tener ‘una fortuna cuantiosa’, que incluía nuevas propiedades, ’17 departamentos, acciones, depósitos bancarios, 1.250 plaquetas de oro y plata, 650 alhajas, 211 motocicletas, 19 autos, un avión, dos lanchas, 430 armas antiguas y 394 objetos de arte’, entre otros bienes que nunca se probaron.
Luego de 17 años de exilio, Perón volvió al país y, en 1973, el Congreso dispuso la restitución de sus pertenencias y el pago de una indemnización, mediante la ley 20.530.
La historia siempre pone las cosas en su lugar.
A veces antes de lo pensado.

Fuente: Nac & Pop (31-12-2016) http://nacionalypopular.com/2016/12/30/la-revolucion-libertadora-tambien-acusaba-a-peron-juan-domingo-y-otros-s-traicion-y-asociacion-ilicita/

viernes, 30 de diciembre de 2016

Historia de Argentina vista a través de mapas



La historia siempre comienza con nuevos conocimientos para el lector, he aquí un artículo muy importante, de nuestras raíces, de nuestra Argentina libre y soberana.
La historia de Argentina vista a través de 12 mapas
A la hora de abordar la cartografía histórica de Argentina, poco o nada se sabe de la posible representación cartográfica de los pueblos originarios del territorio que hoy ocupa el país. Las primeras representaciones de Argentina de las que disponemos son posteriores a la conquista española.
De hecho, este territorio, que no presentó una unidad política hasta el XIX, tuvo que esperar a 1826 para comenzar a utilizar de manera oficial la denominación por la que hoy conocemos al país: Argentina. Nos acercamos a su historia a través de la evolución de la representación cartográfica del octavo Estado más grande del mundo por superficie y el primero de los de habla hispana.

1.- El primer mapa en el que aparece América (1500):

No podemos pasar por alto el primer mapa conocido en el que aparece representada América. Fue elaborado por el cartógrafo español Juan de la Cosa entorno a 1500. Según cuentan las crónicas, De la Cosa habría tomado parte en dos de las expediciones de Colón a América (hay quien dice que era el propietario de la Santa María), aunque según algunas fuentes sólo habría sido el cartógrafo del segundo de esos viajes.
La importancia de la carta radica, entre otros aspectos, en ser la primera conservada que incluye la representación de América. De este modo, recoge los descubrimientos hechos por Cristóbal Colón en sus tres viajes, además de los de Ojeda, Vespuccio y Caboto.
Mapa de Juan de la Cosa. Museo Naval de España.

2.- El primer mapa en el que aparece la denominación a Argentina:

En el año 1554, aparece por primera vez en una pieza cartográfica, realizada por el portugués Lopo Homen, la denominación de Terra Argentea. Una denominación que de algún modo se va institucionalizando a partir de 1602, año en el que fue publicado en Lisboa el libro “Argentina y conquista del Río de la Plata, con otros acaecidos de los reinos Del Perú, Tucumán y Estado del Brasil”, de Martín del Barco Centenera. A partir de esta época se habría de imponer la denominación de Argentina.
Mapa del Mundo de Lopo Homem, 1554. Terra Argétea, primer antecedente del nombre Argentina.
No obstante, en aquellos años, el nombre para referirse a la parte de lo que hoy es Argentina conocida por los conquistadores era “Río de la Plata”. El motivo eran los rumores que hablaban de la existencia de metales preciosos en la zona, especialmente plata. El nombre Argentina tardaría en enraizar como denominación para un país unido y correspondiente con el que hoy conocemos.

3.- En busca de una representación, el mapa de Danti:

El siguiente mapa, publicado en torno a 1570 por el italiano Egnazio Danti, muestra “el sur de América del Sur”. La obra fue realizada para el Palazzo Vecchio de Florencia por encargo de Cosme I de Médici, junto a otros 30 mapas de las regiones del mundo. En él se puede observar lo que podría corresponderse con un sobredimensionado Río de la Plata.
Mapa de Argentina de Egnazzio Danti (1565 – 1575)

4.- Primeras aproximaciones, el mapa de Hondius:

En el período colonial, la mayor parte del actual territorio argentino no pudo ser conquistada por el Imperio Español, debido a la resistencia de los pueblos indígenas. Así las llanuras chaqueña, pampeana y la Patagonia quedaron inexploradas por lo que cartografía de la época no refleja la totalidad del territorio.
El siguiente mapa, atribuido a Jodocus Hondius y fechado en torno a 1600, es una de las primeras representaciones disponibles de gran parte de lo que hoy en día es Argentina, incluyendo el Río de la Plata.
Paraguay, O Prov. de Rio de la Plata: cum regionibus adiacentibus Tucuman et Sta. Cruz de la Sierra. 1600.

5.- El sur del Cono Sur va tomando forma, Pierre Mariette:

La conquista española de gran parte del actual territorio argentino se realizó mediante las expediciones hacia el Río de la Plata y Paraguay, las expediciones organizadas desde Perú para ocupar las tierras del Tucumán y las expediciones de Chile hacia Cuyo.
A partir de estas campañas surgen tres grandes subdivisiones: Nueva Andalucía (después dividida en Río de la Plata y Guayrá-Paraguay), Córdoba del Tucumán y el Corregimiento de Cuyo. Las primeras dos pertenecieron al Virreinato del Perú, la última a la Capitanía General de Chile.
En 1779 las tres pasaron a formar parte del nuevo Virreinato del Río de la Plata. En el siguiente mapa, realizado en Francia a mediados del siglo XVII, podemos observar el Río de la Plata, en el centro, así como la representación de los Andes o el estrecho de Magallanes.
Le Paraguay, le Chili, la Terre et les isles Magellanicques. Pierre Mariette. 1656.

6.- Mapa de los establecimientos de los Jesuitas:

Los mapas de los Jesuitas cobran sin duda importancia dentro de la cartografía de Argentina. Los religiosos iban evangelizando el país y necesitaban tener un registro cartográfico de las zonas en las que se asentaban, de ahí que durante los primeros siglos, tras la colonización, los jesuitas fueran muy prolíficos en producción cartográfica sobre esta zona del llamado “Nuevo Mundo”.
Mapa de los establecimientos de los Jesuítas en Sudamérica. 1732.
Concretamente, en el siglo XVII se establecieron las misiones jesuíticas guaraníes. Fueron pueblos misionales fundados por la Compañía de Jesús entre los guaraníes y pueblos afines, que tenían como fin evangelizar a los indígenas de las actuales provincias de Misiones y Corrientes, en Argentina, y de importantes territorios actualmente en el Paraguay. Y así lo hicieron hasta 1768, cuando el rey español Carlos III ordenó expulsar a los jesuitas.

7.- Las Provincias Unidas de Río de la Plata:

Con el triunfo de la Revolución de Mayo ocurrida el 25 de ese mes de 1810 en Buenos Aires, gran parte del territorio que hoy forma Argentina se levantó contra el poder colonizador español. Así, tras la independencia de España de las Provincias Unidas de América del Sur en 1816, declarada en el Congreso de Tucumán, lo que hoy es argentina mantuvo una fórmula organizativa de provincias unidas.
El siguiente mapa, realizado por el cartógrafo de origen escocés John Pinkerton es uno de los más detallados de los que disponemos de comienzos del siglo XIX. Concretamente fue realizado en 1818, dos años después de la Independencia.
Mapa de La Plata (y sus países adyacentes) de Pinkerton.
Pinkerton ofrece un impresionante detalle a través de la inclusión de grupos indígenas, misiones, ciudades y pueblos, pantanos, montañas y vertientes hidrográficas. Hay que notar que cartográficamente hablando , esta era una parte del mundo descuidada, especialmente a comienzos del XIX. Aunque las zonas de costa y las llanuras abiertas habían sido correctamente cartografiadas desde inicios del XVI, el interrior había sido raramente penetrado, La combinación de terrenos montañosos, jungla, malaria y grupos indígenas hostiles hicieron de este área una zona inexplorable.

8.- Mapa de Argentina y Chile de 1855:

Con la Constitución de la República Argentina del 24 de diciembre 1826 se oficializa esta designación. No obstante, el nombre Provincias Unidas del Río de la Plata fue formalmente re-institucionalizado por la posterior Constitución como uno de los tres nombres oficiales de la Nación Argentina, junto con República Argentina y Confederación Argentina, permaneciendo en la constitución vigente en su artículo 35.
Mapa de Argentina y sus países limítrofes. Colton. 1852.
El mapa anterior realizado por Joseph Hutchins Colton ya incluye la Patagonia y muestra las reivindicaciones de Bolivia sobre el desierto de Atacama. Identifica numerosas cumbres incluyendo el Aconcagua, la principal elevación de  Suramérica. En él se identifican asimismo varias ciudades, pueblos, fuertes, ríos, rápidos y toda una serie de detalles topográficos. El mapa hecho a mano está coloreado en tonos pastel rosa, verde,  amarillo y azul para definir fronteras nacionales y regionales. Forma parte del Atlas de Mundo de Colton, de 1855.

9.- Mapa de Coni de 1869:

El siguiente mapa, publicado bajo la dirección de Pablo Emilio Coni en Buenos Aires, es uno de los primeros en mostrar con detalle Argentina, Uruguay, Paraguay y parte de Chile. Coni, que había aprendido en Francia, trabajó bajo el encargo del presidente Juan Pujol y llegó a ser uno de los más importantes editores de Argentina.
Mapa de la República Argentina y de las Repúblicas del Uruguay, Paraguay y Chile. 1868.

10.- Mapa de Argentina de 1914:

A comienzos del siglo XX la cartografía de Argentina se encontraba ya mucho más desarrollada, tal y como prueba el siguiente mapa, realizado por el cartógrafo Pablo Ludwig en 1914, prolífico en sus representaciones del país así como en planos de diferentes zonas de Argentina. El mapa divide el país en las difernetes provincias e incluye, como venía siendo habitual a los países vecinos.
Nuevo mapa de la República Argentina de Pablo Ludwig, 1914.

11.- El Instituto Geográfico Militar:

El siguiente mapa de Argentina fue elaborado por el Instituto Geográfico Militar en el año 1954, el organismo encargado para dar forma cartográfica de manera oficial al país. El Instituto Geográfico Militar se creó en el marco de la reestructuración del ejército realizada en 1895 por el general Alberto Capdevilla.
Mapa de la República Argentina. 1954.
El Instituto Geográfico Militar estaba formado por tres secciones: Geodesia, Topografía y Cartografía. Diez años después la institución se transforma en Dirección, siendo su primer director el ingeniero militar Salvador Velasco Lugones. En 1909 se crea la sección de talleres gráficos del Instituto Geográfico Militar. En 1912 el IGM presenta el ‘Plan de la Carta’, primer proyecto cartográfico integral del territorio argentino.

12.- Mapa oficial de Argentina del IGN:

El 14 de mayo de 2009 el Instituto Geográfico Militar es rebautizado como Instituto Geográfico Nacional (IGN), bajo la dependencia directa del Ministerio de Defensa. Su misión principal es “representar el territorio nacional a través de la cartografía oficial y velar para que los mapas de la República Argentina que se confeccionen, ingresen o circulen en el país se ajusten a dicha cartografía oficial”, tal y como explica en su página web.
Mapa Oficial de Argentina. IGN.
Por Gonzalo Prieto
Fuente: Geografía Infinita (31-Oct-2016)
http://www.geografiainfinita.com/2016/10/la-historia-de-argentina-vista-a-traves-de-12-mapas/

jueves, 29 de diciembre de 2016

Un cuento policial resultó ganador del concurso de escritura de la UNLaM

La autora Nelda Basile de Értola obtuvo el primer puesto del certamen organizado por la Biblioteca Leopoldo Marechal
La Universidad Nacional de La Matanza (UNLaM) dio a conocer a los ganadores del tercer concurso de cuentos breves y poesías que se organizó a través de la Biblioteca Leopoldo Marechal y del cual participaron 41 escritores.
En un acto celebrado en la Universidad, los organizadores del certamen literario anunciaron que el primer premio quedó en manos de Nelda Basile de Értola por su cuento policial fantástico Ventanas.
Se trata de un relato policial fantástico, donde se describe la historia de un pintor que asesina a la mujer que había sido su amante. Con destreza literaria, la autora logra entrelazar el frenesí de la creación de una obra de arte con la locura enajenada del acto criminal, con lo cual sumerge al lector en la desorientación de tener que descubrir el verdadero desenlace del cuento recién en sus últimos instantes.
“Es un incentivo para seguir escribiendo y para seguir trabajando”, agradeció la escritora tras haber sido elegida ganadora del concurso. “Para mí, fue una sorpresa haber recibido el primer premio. Me hace creer que no es tan malo lo que hago”, agregó, al tiempo que puso en valor el hecho de que la UNLaM organice concursos de literatura “que le pueden abrir las puertas a mucha gente, sobre todo a los jóvenes”.
Por su parte, Nora Sielas, impulsora del certamen y coordinadora del espacio de escritura creativa El Rincón del Escritor, argumentó que el cuento de Nelda Basile de Értola “es una obra muy fuerte, con una gran pasión, donde se presenta el escenario justo de la fuerza de impacto”.
El segundo lugar del concurso le fue asignado a Leandro Abraham, por su cuento Entendimiento; mientras que el tercero puesto correspondió para María Angélica Cianciarulo, por su poesía titulada Desde la otra orilla de la vida.
Los ganadores, sumados a otros tres escritores que recibieron menciones especiales, se llevaron un certificado y un libro de regalo como reconocimiento.
“La gente se presentó por la satisfacción de participar, el deseo de decir y de contar sus cosas a través de un cuento, su propio relato en la vida”, agregó Nora Sielas.
Durante la ceremonia, se leyó el texto ganador y se escucharon palabras de los integrantes del jurado conformado por los bibliotecarios Fernando Virgillo, Beatriz García y Fernanda Díaz.
Este año, el concurso propuso la presentación de una obra breve, donde lo narrado surja de tres temáticas de inspiración posibles: un camino, la ventana o las ventanas y la otra orilla.
Fuente: https://diarionco.net/matanza/un-cuento-policial-resulto-ganador-del-concurso-de-escritura-de-la-unlam/